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La Asociación Española de Derecho del Entretenimiento, DENAE, organizó en la jornada del día 28 de octubre de 2010, un foro para explicar y dar a conocer el fenómeno del cloud computing entre sus asociados, tratando los aspectos legales que le pueden afectar a las corporaciones que usan servicios alojados en la nube. El evento fue retransmitido en directo a través de referenZia.com
FORO DENAE (Parte 1) Presentación y conferencia de Carlos de Miguel
Entre los participantes en el foro, Carlos de Miguel, Consultor y Socio fundador de Ideátelo, explicó a los asistentes el fenómeno del cloud computing que explicó su origen en 2006, a partir del artículo aparecido en “Wired” de George Gilder “information factories” y del concepto “The Network is the computer” de Eirc Schmidt, antiguo CEO de Sun Microsystem y actual CEO de Google, sentando las bases de este fenómeno. Para Carlos de Miguel, la problemática del cloud computing, es dónde están los datos, puesto que el cloud computing basa su concepto en almacenarlos en la “nube” o en servidores de Internet que no sabemos donde están ubicados.
Según Carlos de Miguel, “los productos tecnológicos pasan a ser servicios y en lugar de hablar de software y de plataforma, pasamos a hablar de estos conceptos como servicios, puesto que el cloud computing permite acceder a estos servicios en función de las necesidades y con un coste menor, realizando un outsourcing a internet”.
FORO DENAE (Parte 2) Pablo de la Horra, Channel Manager Google Enterprise
Por su parte Pablo de la Horra, Channel Manager de Google Enterprise, puso un ejemplo muy clarividente de cloud computing, usando su presentación desde el servicio de Google Docs e interactuando con el público, compartiendo un documento a través de este servicio con una asistente al foro. De la Horra, valoró que es necesario hacer uso del cloud computing para estar al día y ahorrar costes. Puso ejemplos sobre ataques informáticos a servidores locales de empresas, bancos y grandes corporaciones. “Con cloud computing, los ataques de SPAM o virus se ven reducidos considerablemente porque la infraestructura está en la red y no en los servidores locales.” Añadió que “para Google soportar un pico de 310.000 correos por minuto, no le supone nada porque estamos preparados”, haciendo hincapié en que ante un ataque informático, una corporación con sus servidores de correo no sería capaz de soportar ese tráfico.
Otra de las razones para el uso de los servicios alojados en la nube, es la movilidad. De La Horra enumeró más ventajas, como los parches o actualizaciones de los servidores, o el ahorro de costes en electricidad para los servicios de TI, puesto que actualmente “dedican un 80% de sus recursos a mantener los equipos encendidos”.
FORO DENAE (Parte 3) Ignacio Espejo, Director asesoría Jurídica Red.es
Los aspectos legales de contratos de outsourcing, fueron los temas tratados a continuación por los ponentes en el foro. Ignacio Espejo, jefe del Área Jurídica de RED.es, hizo hincapié en las leyes de protección de datos. Enumeró numerosos ejemplos, a partir de los contratos de servicio con Google, y las leyes de protección de datos española y la de Reino Unido, pues por esta última se rige Google en Europa. Según Espejo, “La ley indica que hay que hacer un contrato por escrito para la protección de los datos en el que se especifique que se ceden a Google, pero en sus condiciones, solo existe un contrato de adhesión; para la Agencia de Protección de Datos esta adhesión es dudosa, aunque existe comunicación expresa de Google en sus condiciones de servicio en la que afirma que sigue las instrucciones del cliente y respeta la ley de protección de datos de Reino Unido”.
FORO DENAE (Parte 4) Sönke Lund, Socio de Monereo Meyer Marinel-lo Abogados
Ante estos aspectos, Carlo Cicarelli, director de la Asesoría Jurídica de Atos Origin, remarcó en cuanto a la legalidad que es muy importante conocer dónde están los servicios de outsourcing de la nube contratados, puesto que ante cualquier incidencia, los aspectos legales estarían supeditados a las leyes de otros países.
FORO DENAE (Parte 5) Carlo Ciccarelli, Director Asesoría Jurídica Atos Origin
Por último, Sönke Lund. socio de Monereo Meyer Marinel-lo Abogados, también se centró en dónde se encuentran los datos y por qué tribunal nos vamos a guiar en caso de que exista una violación de propiedad intelectual. Para Sönke Lund, la nube es un concepto abierto, y “deberíamos hablar de códigos abiertos, pero también estaríamos hablando de datos abiertos, entrando en el problema de las leyes de propiedad intelectual y de protección de datos”. Lund, afirmó que “Quien tiene los datos, tiene mucho poder, pero quien abre los datos, tiene un problema”
Esta claro que la nube en el aspecto legal, por el momento es bastante difusa, y en grandes contratos de servicios, incluido con grandes prestadores de servicios, las corporaciones necesitaran del asesoramiento legal adecuado para saber dónde estarán los datos de sus empresas, y plantearse a dónde tendrán que acudir ante cualquier incidencia o violación de las leyes españolas de protección de datos o propiedad intelectual.
Tras la Jornada, se realizaron las siguientes entrevistas:
Entrevista a Carlos de Miguel
Entrevista a Sönke Lund
Entrevista a Carlo Ciccarelli
Fotografías y Fotovídeo de Germán Banchio.
El acto, fue celebrado en la sede de la Fundación Pons. Los vídeos han sido creados y facilitados por referenZia.
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